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miércoles, 27 de junio de 2012

DEUDAS CON ENTIDADES DE CRÉDITO



Préstamos 

a) Concepto y cuadro de cuentas 

Concepto Operación de préstamo es aquella en virtud de la cual la entidad prestamista entrega un dinero a la entidad prestataria, estando esta última obligada a devolverlo en un determinado plazo y a pagar, en su caso, los intereses correspondientes. Cuadro de cuentas Los préstamos concedidos por las entidades de crédito se contabilizan en las cuentas siguientes: 

— Préstamos a largo plazo: 16. Deudas a largo plazo con partes vinculadas. 160. Deudas a largo plazo con entidades de crédito vinculadas. 1603. Deudas a largo plazo con entidades de crédito, empresas del grupo. 1604. Deudas a largo plazo con entidades de crédito, empresas asociadas. 1605. Deudas a largo plazo con otras entidades de crédito vinculadas. 17. Deudas a largo plazo por préstamos recibidos, empréstitos y otros conceptos 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito. 

— Préstamos a corto plazo: 51. Deudas a corto plazo con partes vinculadas. 510. Deudas a corto plazo con entidades de crédito vinculadas. 5103. Deudas a corto plazo con entidades de crédito, empresas del grupo. 5104. Deudas a corto plazo con entidades de crédito, empresas asociadas. 5105. Deudas a corto plazo con otras entidades de crédito vinculadas. 514. Intereses a corto plazo de deudas con partes vinculadas. 5143. Intereses a corto plazo de deudas, empresas del grupo. 5144. Intereses a corto plazo de deudas, empresas asociadas. 5145. Intereses a corto plazo de deudas, otras partes vinculadas. 52. Deudas a corto plazo por préstamos recibidos y otros conceptos. 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito. 5200. Préstamos a corto plazo de entidades de crédito. 5201. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto. 5208. Deudas por efectos descontados. 5209. Deudas por operaciones de "factoring" 527. Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito. b) Normas de registro y valoración Consideraciones generales En el PGC, la norma de registro y valoración 9ª. Instrumentos financieros, se aplica, entre otros, a los débitos y partidas a pagar (los cuales se consideran pasivos financieros). En el PGC de Pymes es la norma de registro y valoración 9ª. Pasivos financieros la aplicable. A efectos de su valoración los débitos por operaciones no comerciales se incluyen, junto a los débitos comerciales, en la categoría "Débitos y partidas a pagar" del PGC. En el PGC de Pymes se incluyen en la categoría de "Pasivos financieros a coste amortizado". Valoración inicial Plan General de Contabilidad Norma de registro y valoracion.9.3.1.1 RD 1514/2007 de 16 noviembre 2007 

Los préstamos concedidos por entidades de crédito se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá: 

— Al valor razonable de la contraprestación recibida. 

— Ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. Plan General de Contabilidad de Pymes Norma de registro y valoracion.9.2.1.1 RD 1515/2007 de 16 noviembre 2007 Los préstamos concedidos por entidades de crédito se valorarán inicialmente por el coste, que equivaldrá:

 — Al valor razonable de la contraprestación recibida. 

— Ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. No obstante, estos últimos, así como las comisiones financieras que se carguen a la empresa cuando se originen las deudas con terceros, podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial. Valoración posterior Los préstamos concedidos por entidades de crédito se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. Baja de pasivos financieros La empresa dará de baja un pasivo financiero cuando la obligación se haya extinguido. 

c) Contabilización 

El procedimiento para contabilizar los préstamos es diferente según se trate de: — Préstamos cuyos intereses forman parte del nominal.

 — Préstamos cuyos intereses no forman parte del nominal. Préstamos cuyos intereses forman parte del nominal Formalización del préstamo (1) Por el valor razonable del préstamo ajustado en su caso, con los gastos de la transacción directamente atribuibles. Por el devengo anual de los intereses Gastos de formalización del préstamo Traspaso a corto plazo de la parte de préstamo con vencimiento a largo Reintegro del préstamo Préstamos cuyos intereses no forman parte del nominal Formalización del préstamo (2) Por el valor razonable del préstamo ajustado en su caso, con los gastos de la transacción directamente atribuibles. Gastos de formalización del préstamo Devengo y pago de los intereses explícitos Traspaso a corto plazo de la parte de préstamo con vencimiento a largo Reintegro del préstamo Ejemplo Con fecha 1 de enero de X1 la sociedad A&B contrae un préstamo por un nominal de 616.000 €, con un interés del 3% anual a 6 años. Los gastos de comisión y corretaje al formalizar la operación ascendieron a 9.000 €, no se prevé ningún coste de cancelación. Solución La devolución de principal y el pago de intereses se realizan de acuerdo con el siguiente cuadro de amortización financiera: Fecha Cuota anual Interés Amortización financiera Capital pendiente 01/01/X1 . . . 616.000 31/12/X1 113.712,06 18.480,00 95.232,06 520.767,94 31/12/X2 113.712,06 15.623,03 98.089,03 422.678,91 31/12/X3 113.712,06 12.680,36 101.031,70 321.647,21 31/12/X4 113.712,06 9.649,41 104.062,65 217.584,56 31/12/X5 113.712,06 6.527,53 107.184,53 110.400,03 31/12X6 113.712,06 3.312,03 110.400,03 0,00 TOTALES 682.272,36 66.272,36 616.000,00 . De acuerdo con la norma de valoración de los débitos y partidas a pagar el préstamo será registrado por un importe inicial de 607.000 €. El tipo de interés efectivo resulta de la siguiente igualdad, teniendo en cuenta los pagos previstos de las anualidades (incluyendo intereses y amortización de principal): Se obtiene un tipo de interés efectivo anual de 3,4458488% (TIE) que es superior al tipo de interés pactado, debido al efecto de los costes de la transacción, y de acuerdo con el cual se devengarán los gastos por intereses que se imputan al resultado del ejercicio. La siguiente tabla muestra la distribución de las cargas del préstamo y el cálculo del coste amortizado (CA) resultante al final de cada periodo. Como puede apreciarse, el interés devengado a lo largo del horizonte temporal del préstamo (75.272.36) incluye el importe total de los intereses pactados y los costes de la transacción (66.272,36 + 9.000). El coste amortizado, que será el valor contable del préstamo en balance, resulta de corregir el valor inicial del siguiente modo: restando la devolución de principal del ejercicio y, en este caso, sumando la imputación que se hace en el ejercicio de la dife- Fecha Flujo de efectivo (1) Intereses devengados [TIE x CA inicial] (2) Intereses explícitos Amortización financiera Coste amortizado [CA inicial – (1) + (2)] 01/01/X1 . . . . 607.000,00 31/12/X1 113.712,06 20.916,30 18.480,00 95.232,06 514.204,24 31/12/X2 113.712,06 17.718,70 15.623,03 98.089,03 418.210.88 31/12/X3 113.712,06 14.411,00 12.680,36 101.031,70 318.909,82 31/12/X4 113.712,06 10.989,46 9.649,41 104.062,65 216.187,22 31/12/X5 113.712,06 7.449,46 6.527,53 107.184,53 109.924,62 31/12/X6 113.712,06 3.787,44 3.312,03 110.400,03 0,00 TOTALES 682.272,36 75.272.36 66.272,36 616.000,00 . rencia entre el importe del préstamo al inicio de la operación y el valor de reembolso (en el ejemplo se trata de la imputación de los costes de la transacción, es decir, la diferencia entre el interés devengado y el interés pagado en el ejercicio). Como resumen, el coste amortizado en cada fecha de balance se obtiene a partir del valor inicial, deduciendo los pagos (tanto de principal como de intereses del ejercicio) y sumando los intereses devengados según el tipo de interés efectivo. 

El reflejo contable de esta operación requiere clasificar la deuda contraída de acuerdo a su vencimiento, diferenciando la deuda a largo plazo y a corto plazo. Para ello, se debe tener en cuenta que los PGC han concretado los débitos (y créditos) a corto plazo que, como excepción a la norma general, se pueden valorar inicialmente por el nominal. No obstante, entre estos débitos (y créditos), que no precisan el ajuste posterior a coste amortizado, no se encuentran los préstamos recibidos, ni la mayoría de los débitos (y créditos) no comerciales. Aplicando la norma general, la deuda (y crédito) a corto plazo por su valor razonable, tanto al inicio como en cada reclasificación, vendrá dada por el importe resultante de actualizar, al tipo de interés efectivo, la amortización financiera a corto plazo, más el interés pactado correspondiente a la misma. Posteriormente, el interés devengado en cada ejercicio debe ser diferenciado en la parte que corresponde a cada tipo de deuda, al objeto de determinar la parte del interés que permite acercar el valor contable de las deudas a su valor de reembolso, la cual tendrá como contrapartida las citadas cuentas de pasivo. El registro del préstamo en el primer ejercicio implicará los siguientes asientos y cálculos adicionales (en los siguientes periodos serían equivalentes): — 1/01/X1: por la recepción del préstamo y clasificación de la deuda en c/p y l/p. Deuda a corto plazo: 95.232,06 (1+0,03) /(1+0,034458488). — 31/12/X1: por el devengo de los intereses, pago de la primera cuota y reclasificación de la deuda a l/p a c/p. El devengo de intereses implica los siguientes cálculos: — Interés de la deuda a corto plazo: 3,4458488% x 94.821,62 = 3.267,44. Intereses explícitos 2.857 € (3% x 95.232,06), el resto se incorpora al coste amortizado de la deuda a corto plazo. — Interés de la deuda a largo plazo: 3,4458488% x 512.178,38 = 17.648,86. Intereses explícitos 15.623 € (3% x 520.767,94), el resto se incorpora al coste amortizado de la deuda a largo plazo. Tras el primer pago, el coste amortizado del préstamo que recogerá el balance de cierre asciende a 514.204,24. Al objeto de informar correctamente de la parte de la deuda que vence a corto plazo, debemos determinar este importe y proceder a la reclasificación. Deuda a corto plazo: 98.089,03 (1 + 0.03) /(1 + 0,034458488). Ejemplo Con fecha 30 de junio de X1 la sociedad A&B contrae un préstamo por un nominal de 616.000 €, con un interés del 3% anual a 6 años. Los gastos de comisión y corretaje al formalizar la operación ascendieron a 9.000 €, no se prevé ningún coste de cancelación. 

Solución La devolución de principal y el pago de intereses se realizan de acuerdo con el siguiente cuadro de amortización financiera: De acuerdo con la norma de valoración de los débitos y partidas a pagar el préstamo será registrado por un importe inicial de 607.000 €. El tipo de interés efectivo resulta de la siguiente igualdad, teniendo en cuenta los pagos previstos de las anualidades (incluyendo intereses y amortización de principal): Se obtiene un tipo de interés efectivo anual de 3,4458488% (TIE) que es superior al tipo de interés pactado, debido al efecto de los costes de la transacción, y de acuerdo con el cual se devengarán los gastos por intereses que se imputan al resultado del ejercicio. Fecha Cuota anual Interés Amortización financiera Capital pendiente 30/06/X1 . . . 616.000 30/06/X2 113.712,06 18.480,00 95.232,06 520.767,94 30/06/X3 113.712,06 15.623,03 98.089,03 422.678,91 30/06/X4 113.712,06 12.680,36 101.031,70 321.647,21 30/06/X5 113.712,06 9.649,41 104.062,65 217.584,56 30/06/X6 113.712,06 6.527,53 107.184,53 110.400,03 30/06/X7 113.712,06 3.312,03 110.400,03 0,00 TOTALES 682.272,36 66.272,36 616.000,00 . En aplicación del principio de importancia relativa, la existencia de liquidaciones periódicas permite considerar una distribución lineal de los intereses entre cada periodo de liquidación, ya que la diferencia que se produce respecto al uso de la tasa efectiva correspondiente no es significativa. La siguiente tabla muestra la distribución de las cargas del préstamo y el cálculo del coste amortizado (CA) resultante al final de cada periodo. Como puede apreciarse, el interés devengado a lo largo del horizonte temporal del préstamo (75.272.36) incluye el importe total de los intereses pactados y los costes de la transacción (66.272,36 + 9.000). El coste amortizado de la deuda en cada fecha de cierre de ejercicio vendrá representado en balance por la suma de los saldos de las cuentas representativas de las deudas a largo plazo y corto plazo (en su caso) y de los intereses devengados no vencidos. El registro del préstamo para el primer período implicará los siguientes asientos y cálculos adicionales (en los siguientes periodos serían equivalentes): — 30/06/X1: por la recepción del préstamo y clasificación de la deuda en c/p y l/p. Deuda a corto plazo: 95.232,06 (1+0,03) /(1+0,034458488) Fecha Flujo de efectivo (1) Intereses devengados [TIE x CA inicial] (2) Intereses explícitos Amortización financiera Coste amortizado [CA inicial – (1) + (2)] 30/06/X1 . . . . 607.000,00 30/06/X2 113.712,06 20.916,30 18.480,00 95.232,06 514.204,24 30/06/X3 113.712,06 17.718,70 15.623,03 98.089,03 418.210.88 30/06/X4 113.712,06 14.411,00 12.680,36 101.031,70 318.909,82 30/06/X5 113.712,06 10.989,46 9.649,41 104.062,65 216.187,22 30/06/X6 113.712,06 7.449,46 6.527,53 107.184,53 109.924,62 30/06/X7 113.712,06 3.787,44 3.312,03 110.400,03 0,00 TOTALES 682.272,36 75.272.36 66.272,36 616.000,00 . — 31/12/X1: por el devengo de los intereses: — Interés de la deuda a corto plazo: 1.633,70 (94.821,62 x 3,4458488%/2) Intereses explícitos 1.428,5 € (1,5% x 95.232,06), el resto se incorpora al coste amortizado de la deuda a corto plazo. — Interés de la deuda a largo plazo: 8.824,44 (512.178,38 x 3.4458488%/2) Intereses explícitos 7.811,5 € (1.5% x 520.767,94), el resto se incorpora al coste amortizado de la deuda a largo plazo. — 30/06/X2: por el devengo de los intereses, pago de la primera cuota y reclasificación de la deuda de l/p a c/p. Ejemplo El 30 de junio del ejercicio N el Banco XX concede a la sociedad YY un préstamo de 120.202,42 euros. Las condiciones del mismo son: — Nominal: 120.202,42 euros. — Tipo de interés: 10% anual, pagadero el 30 de junio de cada año. — Calendario de amortización: — Gastos de formalización: 1.202,02 euros. Solución El cálculo de la tasa efectiva sería: Fecha Importe 30-6-N+1 60.101,21 30-6-N+2 60.101,21 i=10,76% Deuda c/p = 60.101,21 (1+10%) / (1+ 10,76%) = 59.687,12 Lo que nos quiere decir que el valor de la deuda a c/p son 60.101,21 y sus intereses del 10% actualizados a la tasa efectiva. Por diferencias con 119.000,4 (coste amortizado inicial), resultaría el valor de la deuda a l/p: 59.313,28. La determinación de las cantidades a 31/12, tanto de importes de deuda a coste amortizado como de los intereses devengados, se ha realizado por interpolación entre las cantidades resultantes aplicando la tasa efectiva a 30/6 de cada año. Esta simplificación es asumible cuando se trata de determinar cantidades entre fechas de pago. Básicamente, es interpretar que los intereses entre fechas de pago se devengan de forma lineal, de acuerdo con la práctica más habitual. Los asientos a efectuar son: — 30 de junio del ejercicio N: — Por la concesión del préstamo: — 31 de diciembre del ejercicio N: — Por la periodificación de los intereses devengados en el ejercicio. Devengo de los gastos financieros: 119.000,40 € X 10,76% X 6 meses / 12 meses = 6.404,09 € Intereses explícitos devengados: 120.202,42 € X 10 % X 6 meses / 12 meses = 6.010,12 € Diferencia entre 6.404,09 y 6.010,12 = 393,97 € El valor de la deuda a c/p resultará: 59.687,12 + 59.687,12 X 10,76% X 6/12 - 59.687,12 X 10% X 6/12= 59.894,17 La diferencia se corresponde con el valor de la deuda a l/p: (119.000,4 € + 393,97 €) - 59.894,17 € = 59.500,2 € Por diferencia con el saldo anterior de la deuda a c/p y l/p nos darían los intereses implícitos devengados por cada partida. Intereses de deuda c/p = 59.894,17 – 59.687,12 = 207,04 Intereses de deuda l/p = 59.500,20 - 59.313,28 = 186,92 — 30 de junio del ejercicio N+1: — Por los intereses devengados en el período 1 de enero a 30 de junio: Devengo de los gastos financieros: 119.000,40 € X 10,76% X 6 meses / 12 meses = 6.404,09 € Intereses explícitos devengados: 120.202,42 € X 10 % X 6 meses / 12 meses = 6.010,12 € El valor de la deuda a c/p resultará: 59.687,12 € + 59.687,12 X 10,76% - 59.687,12 X 10%= 60.101,21 que es el importe que se va amortizar en este momento. La diferencia se corresponde con el valor de la deuda a l/p. Por diferencia con el saldo anterior de la deuda a c/p y l/p nos darían los intereses implícitos devengados por cada partida. Intereses de deuda c/p = 60.101,21 € – 59.894,17 € = 207,04 € Intereses de deuda l/p = 59.687,12 € - 59.500,2 € = 186,92 € — Por el pago de los intereses: (1) 12.020,24 X 18% — Por el vencimiento del primer plazo del préstamo: (2) 59.687,12 + 207,04 + 207,04 — 31 de diciembre del ejercicio N+1: — Por la reclasificación del préstamo a corto plazo: — Por la periodificación de los intereses devengados en el ejercicio: Devengo de los gastos financieros: 59.687,12 X 10,76% X 6 meses / 12 meses = 3.212,10 € Intereses explícitos devengados: 60.101,21 € X 10 % X 6 meses / 12 meses = 3.005,06 € El valor de la deuda a c/p resultará: 59.687,12 +59.687,12 X 10,76%*X 6/12 - 59.687,12 X 10% X 6/12 = 59.894.17 No existe deuda a l/p, por lo que no hay que modificar el valor. Los intereses implícitos devengados por cada partida. Intereses de deuda c/p = 59.894,17 – 59.687,12 = 207,04 — 30 de junio del año N+2: — Por los intereses devengados en el período 1 de enero a 30 de junio: Devengo de los gastos financieros: 59.687,12 X 10,76% X 6 meses / 12 meses = 3.212,10 € Intereses explícitos devengados: 60.101,21 € X 10 % X 6 meses / 12 meses = 3.005,06 € El valor de la deuda a c/p resultará: 59.687,12 + 59.687,12 X 10,76% X 6/12 - 59.687,12 X 10% X 6/12= 59.894.17 Los intereses implícitos devengados por cada partida. Intereses de deuda c/p = 60.101,21 - 59.894,17 = 207,04 — Por el pago de los intereses: (3) 6.010,12 x 18% — Por el vencimiento del último plazo del préstamo: Deudas con entidades de crédito; 

Las cuentas de crédito Concepto

 En la cuenta de crédito o póliza de crédito la empresa dispone durante un tiempo prefijado de un límite crediticio, realizando disposiciones y reintegros en función de sus necesidades financieras. Características Sus características principales son: 

— Se pagan intereses en función del importe dispuesto, no en función del límite concedido. 

— Se suelen pagar comisiones por el dinero no dispuesto. — Se pueden cobrar intereses si la cuenta corriente arroja saldo a favor de la empresa. 

— El vencimiento casi siempre es anual, aunque suelen ser renovables. Es conveniente solicitar una póliza de crédito cuando la empresa tiene con frecuencia descubiertos en cuenta corriente, ya que el coste de la póliza siempre es inferior al de los descubiertos. Cuadro de cuentas Los créditos con entidades financieras se contabilizan en las subcuentas siguientes: 52. Deudas a corto plazo por préstamos recibidos y otros conceptos. 5201. Deudas a corto plazo por crédito dispuesto. 17. Deudas a largo plazo por préstamos recibidos, empréstitos y otros conceptos. 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito. Valoración Las cuentas de crédito figuran en el balance por el importe dispuesto, sin perjuicio de que en la memoria deba suministrarse información con relación al importe disponible. Registro contable 

— Devengo intereses mensual: La contabilización de los intereses de una póliza de crédito es similar a la contabilización de los intereses de una cuenta corriente: 

— Pago de los intereses: Deudas con entidades de crédito; 

Las deudas por efectos descontados 

Concepto El descuento de efectos consiste en la entrega de la letra a una entidad financiera a fin de que ésta anticipe el importe de la misma, neto de los correspondientes intereses y comisiones, y, a su vencimiento, realice la gestión de cobro. Cuadro de cuentas Las deudas con las entidades de crédito por el descuento de efectos se contabilizan en las cuentas siguientes: 52. Deudas a corto plazo por préstamos recibidos y otros conceptos. 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito. 5208. Deudas por efectos descontados. 17. Deudas a largo plazo por préstamos recibidos, empréstitos y otros conceptos. 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito. Contabilización Los asientos contables a efectuar en el descuento de letras son: — Por el registro de los efectos en la cuenta 4311, 

Efectos comerciales descontados: 

— Por la recepción del efectivo anticipado por la entidad financiera, neto de los intereses y comisiones: 

— Al vencimiento de la letra, los asientos a efectuar son: 

— Si el deudor paga el efecto a la entidad financiera: Ejemplo Tres meses antes de su vencimiento la sociedad XX lleva al descuento letras por importe de 12.020,24 euros. El banco cobra unos intereses de 120,20 euros y unas comisiones de 72,12 euros. Al vencimiento de la letra el deudor paga los efectos. Solución 

Los asientos a efectuar son: 

— Por el registro de los efectos en la cuenta 4311, Efectos comerciales descontados: 

— Por la recepción del efectivo anticipado por la entidad financiera, neto de los intereses y comisiones: 

— Por el pago del deudor al vencimiento: 

— Si el deudor no paga el efecto a la entidad financiera, ésta devolverá el efecto a quien lo llevó al descuento, cargando también los correspondientes gastos de devolución: Ejemplo Tres meses antes de su vencimiento la sociedad XX lleva al descuento letras por importe de 12.020,24 euros. El banco cobra unos intereses de 120,20 euros y unas comisiones de 72,12 euros. Al vencimiento de la letra el deudor no paga los efectos y el banco carga en la cuenta de XX el importe de la letra junto con unos gastos de devolución de 60,10 euros. Solución Los asientos a efectuar son: — Por el registro de los efectos en la cuenta 4311, Efectos comerciales descontados: — Por la recepción del efectivo anticipado por la entidad financiera, neto de los intereses y comisiones: — Por el registro de los efectos impagados: — Por la devolución de la letra junto con los gastos repercutidos:


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