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miércoles, 27 de junio de 2012

PASIVOS POR RETRIBUCIONES AL PERSONAL-PAGOS BASADOS EN ACCIONES SUBVENCIONES-DONACIONES Y LEGADOS PASIVOS POR RETRIBUCIONES AL PERSONAL



1. RETRIBUCIONES A LARGO PLAZO DE APORTACIÓN DEFINIDA 1. RETRIBUCIONES A LARGO PLAZO DE APORTACIÓN DEFINIDA 2. RETRIBUCIONES A LARGO PLAZO DE PRESTACIÓN DEFINIDA RETRIBUCIONES AL PERSONAL A LARGO PLAZO DEFINICIÓN Tendrán la consideración de retribuciones al personal a largo plazo las prestaciones post-empleo, tales como: • Pensiones. • Otras prestaciones por jubilación o retiro. • Así como cualquier otra prestación a largo plazo que suponga una compensación económica a satisfacer con carácter diferido respecto al momento en que se presta el servicio. No serán objeto de esta norma las retribuciones basadas en instrumentos de patrimonio a las que se refiere la siguiente norma. Cuando consistan en contribuciones de carácter predeterminado a una entidad separada (como puede ser una entidad aseguradora o un plan de pensiones), siempre que la empresa no tenga la obligación legal, contractual o implícita de realizar contribuciones adicionales si la entidad separada no pudiera atender los compromisos asumidos. Sólo darán lugar a un pasivo por retribuciones al personal a largo plazo cuando, al cierre del ejercicio, figuren contribuciones devengadas no satisfechas. ¿CUÁNDO SERÁ APORTACIÓN DEFINIDA? REGISTRO 2. RETRIBUCIONES A LARGO PLAZO DE PRESTACIÓN DEFINIDA ¿CUÁNDO SERÁ PRESTACIÓN DEFINIDA? Para estimar su importe: Se utilizarán métodos actuariales de cálculo e hipótesis financieras y actuariales insesgadas y compatibles entre sí. Valor actual de las retribuciones comprometidas. El importe a reconocer como provisión por retribuciones al personal a largo plazo RECONOCIMIENTO Diferencia entre Cuando no tengan el carácter de aportación definida. Valor razonable de los eventuales activos afectos a los compromisos con los que se liquidarán las obligaciones; se minorarán, en su caso, importe del coste por servicios pasados todavía no reconocidos.

 Si surgiese un activo Su valoración no podrá superar el valor actual de las prestaciones económicas que pueden retornar a la empresa en forma de reembolsos directos o en forma de menores contribuciones futuras más, en su caso, la parte pendiente de imputar a resultados los costes por servicios pasados. Se entienden por activos afectos Incluidas las pólizas de seguro, aquellos que no sean propiedad de la empresa, sino de un tercero separado legalmente y que sólo estén disponibles para la liquidación de las retribuciones a los empleados. Tales activos no pueden retornar a la empresa salvo cuando los activos remanentes para cumplir con todas las obligaciones sean suficientes. Superación límite Se imputará a patrimonio neto, reconociéndose como reservas. Variación del cálculo del valor actual de la provisión o, en su caso, activo, en la fecha del cierre del ejercicio. Pérdidas y ganancias Actuariales en pérdidas y ganancias del ejercicio que surjan, que se imputarán directamente al patrimonio neto. reconociéndose como reservas. Si se trata de derechos irrevocables. Pérdidas y ganancias (gasto) Imputación a pérdidas y ganancias de forma inmediata Si se trata de derechos revocables Imputación pérdidas y ganancias De forma lineal en el periodo medio que resta hasta que los derechos por servicios pasados sean irrevocables. No obstante: Si de acuerdo con esta norma surgiera un activo, los derechos revocables se imputarán a pérdidas y ganancias salvo que se produzca una reducción en el valor actual de las prestaciones económicas que pueden retornar a la empresa en forma de reembolsos directos o en forma de menores contribuciones futuras: Imputación pérdidas y ganancias de forma inmediata el exceso de tal reducción. COSTES POR SERVICIOS PASADOS Surgidos por el establecimiento de un plan de retribuciones a largo plazo de prestación definida post-empleo o mejora de las condiciones del mismo. COSTES POR SERVICIOS PASADOS Surgidos en cualquier otro tipo de retribución a largo plazo. Pérdidas y ganancias (gasto)

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