La aplicación del régimen de transparencia fiscal internacional depende de tres requisitos: la participación del residente en la sociedad no residente, la naturaleza de la renta incorporable en su base imponible y el nivel de gravamen soportada en el exterior. El residente por sí solo o en conjunto vinculado debe poseer una participación igual o superior al 50 por 100 en el capital, los fondos propios, los resultados o los derechos de voto de la sociedad no residente, en la fecha de cierre del ejercicio social de ésta última.
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jueves, 5 de julio de 2012
TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL
La aplicación del régimen de transparencia fiscal internacional depende de tres requisitos: la participación del residente en la sociedad no residente, la naturaleza de la renta incorporable en su base imponible y el nivel de gravamen soportada en el exterior. El residente por sí solo o en conjunto vinculado debe poseer una participación igual o superior al 50 por 100 en el capital, los fondos propios, los resultados o los derechos de voto de la sociedad no residente, en la fecha de cierre del ejercicio social de ésta última.
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