("EL MASTER DEL GUAPO HACKER") BLOG PROPIEDAD DE XAVIER VALDERAS. Son mis particulares anotaciones sobre estudios de MBA (Master in Business Administration , o sea “Maestría en Administración de Negocios”). Aquí puedes encontrar de casi todo lo referente a los masters, querido visitante internauta, pero recuerda siempre que el mejor MBA y la más importante es “La Escuela de Negocios de la Vida”, la cual no te cobra ni matricula y es lógicamente en la que más aprenderás. Saludos y sed bienvenidos
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jueves, 5 de julio de 2012
RENDIMIENTOS DERIVADOS DEL EJERCICIO DE EXPLOTACIONES ECONÓMICAS
Sin embargo, la exención no alcanzará a los rendimientos derivados del ejercicio
de explotaciones económicas, ni tampoco a los derivados del patrimonio, y asimismo,
no comprenderá los incrementos de patrimonio distinto de los indicados anteriormente.
Ante la complejidad en determinar esos rendimientos derivados del ejercicio de
explotaciones económicas, y la falta de definición de los mismos en el régimen general,
el artículo 121.3 dispone que se considerarán rendimientos de una explotación
económica todos aquellos que procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente,
o de un solo de estos factores, supongan por parte del sujeto pasivo la ordenación
por cuenta propia de los medios de producción y de recursos humanos o de
uno de ambos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes
o servicios.
De nuevo vuelve a aparecer la dificultad en mantener la debida relación o coordinación
exigida entre la ordenación por cuenta propia de los factores de producción,
capital y trabajo, con la finalidad específica u objeto social de estas entidades.
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