BIENVENIDOS AL BLOG DEL GUAPO HACKER

Mostrando entradas con la etiqueta OTRAS PRESTACIONES DE SERVICIOS. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta OTRAS PRESTACIONES DE SERVICIOS. Mostrar todas las entradas

viernes, 6 de julio de 2012

OTRAS PRESTACIONES DE SERVICIOS

Igualmente se refiere el art. 11 LIVA a las siguientes prestaciones de servicios, que en su mayoría se encuentran exentos en aplicación del art. 20 LIVA.: — Las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización. — Los préstamos y créditos en dinero. — Las prestaciones de hospitalización. — El derecho a utilizar instalaciones deportivas o recreativas. — La explotación de ferias y exposiciones. Actividades a las que se refiere con mayor amplitud este último precepto al establecer los supuestos de exención, en particular respecto de las operaciones financieras, por lo que cabe remitirse al desarrollo y precisiones que en el mismo se contienen.