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miércoles, 25 de julio de 2012

REQUISITOS RELATIVOS A ILUMINACIÓN



1) El nivel de iluminación 

El acondicionamiento de la iluminación conlleva la necesidad de proporcionar un nivel de luz adecuado al tipo de actividad realizada y a las necesidades particulares del propio trabajador. Existen diversas tablas que proporcionan los niveles mínimos de iluminación para distintos tipos de actividades y tareas. Podemos señalar una gama de tres niveles de iluminación para cada clase de tarea o actividad. Los valores mayores deberían ser utilizados en las siguientes circunstancias:

a) Cuando los factores de reflexión o los contrastes de la tarea sean muy pequeños.

b) Cuando la consecuencia de los errores supone un coste elevado

c) Cuando la tarea que se realiza es de difícil ejecución

d) Cuando la calidad y el rendimiento productivo tiene gran importancia

e) Cuando lo impone la capacidad visual reducida del trabajador


Los valores más bajos de la gama pueden ser utilizados en las siguientes circustancias: 

— Cuando los factores de reflexión o los contrastes de la tarea sean muy elevados

— Cuando la velocidad o la precisión tienen una importancia secundaria

— Cuando la tarea se realiza de forma ocasional

En todo caso, es necesario atenerse a los mínimos legalmente establecidos en el Anexo IV del R. D. 486/1997, de 14 de abril, sobre lugares de trabajo. En la práctica se pueden presentar dudas, en relación con el grado de exigencia visual, a la hora de aplicar estos requerimientos a una determinada tarea. Para facilitar la interpretación de la tabla anterior podemos emplear las normas técnicas UNE 72-163-84 y UNE 72-112-85. Por otra parte, existen tablas detalladas con los niveles mínimos de iluminación recomendados para una gran variedad de actividades y tareas. Un ejemplo de ellas lo tenemos en el proyecto de norma europea prEN 12464; estas tablas se pueden encontrar, por ejemplo, en la “Guía técnica sobre lugares de trabajo” editada por el INSHT.


2) La medida del nivel de iluminación 

Para medir el nivel de iluminación se emplea el luxómetro. Este instrumento dispone de una célula sensible a la luz que genera una señal eléctrica directamente proporcional al nivel de luz incidente. La citada célula de medida debe tener una respuesta cromática acorde con la curva de sensibilidad del ojo humano y disponer de la llamada “corrección de coseno”, de manera que su respuesta no dependa del ángulo con el que incide la luz en ella. Las mediciones deben ser efectuadas a la altura del plano de trabajo y con su misma inclinación, ya que los niveles de iluminación en planos con diferente orientación no serán iguales. El equipo debe ser calibrado de forma periódica y, cuando se efectúen las mediciones, los resultados obtenidos deben ir acompañados de la incertidumbre de la medida.


3) Cuando se deben incrementar los niveles de iluminación 

Según el Anexo IV del R. D. 486/1997, sobre lugares de trabajo, los niveles mínimos de iluminación, dados en el mismo, deberán duplicarse cuando concurran las siguientes circunstancias:

 a) En las áreas o locales de uso general y en las vías de circulación, cuando por sus características, estado u ocupación, existan riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes.

b) En las zonas donde se efectúen tareas, cuando un error de apreciación visual durante la realización de las mismas pueda suponer un peligro para el trabajador que las ejecuta o para terceros o cuando el contraste de luminancias o de color entre el objeto a visualizar y el fondo sobre el que se encuentra sea muy débil. No obstante lo señalado en los párrafos anteriores, estos límites no serán aplicables en aquellas actividades cuya naturaleza lo impida. Aparte de los casos indicados por el R. D 486/1997, en los que se deben duplicar los niveles de iluminación, se pueden dar otras circunstancias en las que resulta indicado el incremento de dichos niveles. Una de las más habituales concierne a las necesidades individuales, especialmente las debidas a la edad del trabajador.

4) Empleo de iluminación localizada

Cuando una determinada tarea requiere niveles de iluminación muy elevados puede ser necesario suplementar la iluminación general con una iluminación localizada en los puestos correspondientes. Esta medida puede aplicarse, por ejemplo, en las tareas que requieren la percepción de detalles finos y en las que presentan exigencias especiales de direccionalidad de la luz (por ejemplo, para resaltar defectos mediante una iluminación direccional “rasante”). Cuando se utiliza iluminación localizada es necesario mantener un nivel adecuado de iluminación general.

5) La integración de la luz natural

 Las ventajas de la luz natural, en relación con la obtenida de forma artificial, hacen recomendable su empleo en los puestos y lugares de trabajo siempre que ello sea posible. Al ahorro energético obtenido con su empleo se añade la calidad de la luz solar: capacidad de reproducir fielmente los colores, tonalidad, ausencia de parpadeos, etc. Además, cuando la iluminación natural se proporciona mediante ventanas, se satisface también la necesidad psicológica de mantener un contacto visual con el mundo exterior. No obstante, en la mayoría de los puestos de trabajo será necesario disponer también de un sistema de iluminación artificial que garantice los niveles mínimos necesarios de iluminación durante las horas del día en que no se disponga de aporte de luz natural. En el Anexo IV del R. D. 486/1997, sobre lugares de trabajo, se establece lo siguiente: Siempre que sea posible los lugares de trabajo tendrán una iluminación natural, que deberá complementarse con una iluminación artificial cuando la primera, por si sola, no garantice las condiciones de visibilidad adecuadas. En tales casos se utilizará preferentemente la iluminación artificial general, complementada a su vez con una localizada cuando en zonas concretas se requieran niveles de iluminación elevados.


6) El control del deslumbramiento

 El deslumbramiento se puede producir cuando la luminancia de las luminarias o de las ventanas es excesiva en relación con la luminancia general existente en el interior del local (deslumbramiento directo), o bien, cuando las fuentes de luz se reflejan sobre superficies pulidas (deslumbramiento por reflejos). Con el fin de prevenir el deslumbramiento se recomiendan los siguientes límites de luminancia para las fuentes de luz situadas dentro del campo visual:

— Fuentes de pequeñas dimensiones.- 2000 Cd/m2

— Fuentes extensas.- 500 Cd/m2

Por otra parte, el deslumbramiento por reflexión se produce cuando la luz reflejada sobre superficies pulidas se dirige hacia los ojos del operador. Para evitar este tipo de deslumbramiento existen principalmente dos procedimientos: situar las fuentes de luz respecto al operador de forma que las reflexiones no se dirijan hacia sus ojos y emplear, en lo posible, acabados de aspecto mate en las superficies susceptibles de producir reflejos .En la práctica, el deslumbramiento directo se puede prevenir apantallando las fuentes susceptibles de producir deslumbramiento, bien sea mediante la utilización de persianas, cortinas o toldos, en las ventanas, o mediante el empleo de luminarias con plafones o apantallamientos que impidan la visión del cuerpo brillante de las lámparas. El apantallamiento resulta prioritario para todas aquellas lámparas que puedan ser vistas dentro de un ángulo menor de 45º con respecto a la línea de visión horizontal. Otra medida para prevenir el deslumbramiento consiste en orientar los puestos de manera que las fuentes de luz brillantes, como ventanas o luminarias, no queden frente a los ojos del trabajador. Por otro lado, para evitar el deslumbramiento por reflexión se deben colocar las luminarias de manera que su luz incida lateralmente sobre el plano de trabajo así como evitar la colocación de superficies reflectantes en el entorno. En relación con el control del deslumbramiento, en el punto 4 del Anexo IV del R. D. 486/1997, sobre lugares de trabajo, se establece lo siguiente:

c) Se evitarán los deslumbramientos directos producidos por la luz solar o por fuentes de luz artificial de alta luminancia. En ningún caso éstas se colocarán sin protección en el campo visual del trabajador.

d) Se evitarán, asimismo, los deslumbramientos indirectos producidos por superficies reflectantes situadas en la zona de operación o sus proximidades.


7) El equilibrio de luminancias 

— La luminancia de una superficie iluminada depende del nivel de iluminación y del factor de reflexión de la superficie. Un requisito importante del acondicionamiento de la iluminación es asegurar una distribución adecuada de luminancias en el campo visual. Las relaciones de luminancia más importantes que es preciso considerar en los puestos de trabajo son:

 — Entre la tarea y su entorno inmediato. Se recomienda que la luminancia del entorno inmediato sea menor que la de la tarea pero no inferior a un tercio de ella.

— Entre la tarea y el entorno alejado. En este caso se recomienda que la relación de luminancias no sea superior a 10 ni inferior a 1/10. En relación con lo anterior, en el punto 4 del Anexo IV del R. D. 486/1997, sobre lugares de trabajo, se establece lo siguiente:

— La distribución de los niveles de iluminación será lo más uniforme posible.

— Se procurará mantener unos niveles y contrastes de luminancia adecuados a las exigencias visuales de la tarea, evitando variaciones bruscas de luminancia dentro de la zona de operación y entre ésta y sus alrededores.

 8) La direccionalidad de la luz

 Para percibir la forma, el relieve y la textura de los objetos es importante que exista un equilibrio de luz difusa y direccional. Una iluminación demasiado difusa reduce los contrastes de luces y sombras, empeorando la percepción de los objetos en sus tres dimensiones, mientras que la iluminación excesivamente direccional produce sombras duras que dificultan la percepción.

— Algunos efectos de la luz dirigida también pueden facilitar la percepción de los detalles de una tarea; por ejemplo, una luz dirigida sobre una superficie bajo un ángulo adecuado puede poner de manifiesto su textura. Esto puede ser importante en algunas tareas de control visual de defectos.


9) Parpadeos y efectos estroboscópicos 

— El flujo de luz emitido por todas las lámparas alimentadas con corriente alterna presenta una fluctuación periódica; estas fluctuaciones pueden producir parpadeo así como también efectos estroboscópicos.

— El efecto estroboscópico se pone de manifiesto principalmente en las máquinas giratorias. Este efecto puede resultar molesto si aparece en una tarea que requiere una atención sostenida y también puede ser peligroso cuando da lugar a la impresión de que las partes rotativas de una máquina giran a poca velocidad, están paradas o giran en sentido contrario. Estos efectos pueden ser eliminados iluminando los órganos giratorios de las máquinas con lámparas incandescentes individuales. También pueden ser aminorados repartiendo la conexión de las lámparas de cada luminaria a las tres fases de la red, si bien, actualmente, la solución más eficaz para reducir los efectos del parpadeo y los estroboscópicos consiste en alimentar las lámparas con balastos de alta frecuencia.








Escrito en EL MASTER DEL GUAPO HACKER, de Xavier Valderas





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