("EL MASTER DEL GUAPO HACKER") BLOG PROPIEDAD DE XAVIER VALDERAS. Son mis particulares anotaciones sobre estudios de MBA (Master in Business Administration , o sea “Maestría en Administración de Negocios”). Aquí puedes encontrar de casi todo lo referente a los masters, querido visitante internauta, pero recuerda siempre que el mejor MBA y la más importante es “La Escuela de Negocios de la Vida”, la cual no te cobra ni matricula y es lógicamente en la que más aprenderás. Saludos y sed bienvenidos
jueves, 12 de julio de 2012
DISOLUCIÓN
a) Consideraciones generales
Disolución de la sociedad es el acontecimiento, desencadenado por alguna de las
causas tipificadas por Ley o por libre voluntad, por el que se abre el proceso que da
lugar a la extinción de la sociedad. La personalidad jurídica de la misma permanece,
por lo que ha de pasarse a la siguiente fase, la liquidación, para su extinción. SAP
Málaga de 29 noviembre 2005.
La liquidación comprende el conjunto de actos y operaciones necesarias para dar
cumplimiento a todas las obligaciones de la sociedad, realizar los derechos y los activos
de la sociedad. El objetivo es zanjar las relaciones jurídicas y patrimoniales de la
sociedad, procediendo al reparto del patrimonio restante entre los socios.
La liquidación es la continuación del procedimiento de disolución. SAP Teruel de
26 abril 2002.
Son causas de disolución de la sociedad de responsabilidad limitada las siguientes:
— Cumplimiento del término fijado en los estatutos.
— Conclusión de la empresa que constituye su objeto.
— Imposibilidad manifiesta de realizar el fin social.
— Paralización de los órganos sociales.
— Falta de ejercicio de la actividad o actividades que constituyen el objeto
social durante tres años consecutivos.
— Acumulación de pérdidas.
— Reducción del capital social por debajo del mínimo legal.
— Causas establecidas en los estatutos.
— Acuerdo de la junta general.
— Fusión o escisión total de la sociedad.
— Apertura de la fase de liquidación en el procedimiento concursal.
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