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sábado, 30 de junio de 2012

EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN Y PARTICULARIDADES EN CUANTO A LAS BASES IMPONIBLES NEGATIVAS


El apartado 3 del artículo 25 del Texto Refundido de la Ley establece que las entidades de nueva creación podrán computar el plazo de compensación a que se refiere el apartado 1 a partir del primer período impositivo cuya base imponible sea positiva. La norma trata de favorecer a las empresas de nueva creación en las que es corriente la obtención de pérdidas en los ejercicios de inicio de la actividad.. El inicio del plazo es para la totalidad de las bases imponibles negativas obtenidas por la entidad en los ejercicios transcurridos desde la constitución de la sociedad hasta el primer ejercicio en que la sociedad ha obtenido la primera base imponible positiva.

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