— Ejemplo La sociedad Astro, S.A. dedicada a la comercialización de televisores y aparatos de vídeo ¿Qué importe puede dotar en concepto de provisión para gastos accesorios por devoluciones de ventas si no ha dotado importe alguno por este concepto en ejercicios anteriores? Los gastos para hacer frente a las devoluciones y las ventas efectuadas en el período y en los 2 anteriores han sido: Solución: El porcentaje a aplicar sobre las ventas que pueden ser objeto de devolución existentes al cierre del ejercicio se calcula de la forma siguiente:
— El importe de la provisión a dotar, teniendo en cuenta que las ventas que pueden ser objeto de devolución al cierre del ejercicio ascienden a 51.687,04 euros, es: 51.687,04 x 9,83% = 5.080,84 €. ¿Qué importe podía dotar Astro, S.A. en concepto de provisión para gastos accesorios por devoluciones de ventas si tuviera ya dotada por este concepto una provisión de 3.005,06?
— En este caso únicamente podría dotar la diferencia entre el importe de la provisión máxima calculada con arreglo al procedimiento anterior y la provisión existente en Balance: 5.080,84 - 3.005,06 = 2.075,78 €. ¿Qué importe podría dotar en concepto de provisión para gastos accesorios por devoluciones de ventas si tuviera ya dotada por este concepto una provisión de 6.010,12 euros?
— En este caso, dado que la provisión que la sociedad tiene contabilizada es superior al importe que con arreglo a las normas anteriormente expuestas resulta deducible, Astro, S.A. debe anular el exceso de provisión mediante el correspondiente ajuste positivo a la cuenta de resultados del ejercicio por el importe siguiente: 6.010,12 - 5.080,84 = 929,28 €.
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