BIENVENIDOS AL BLOG DEL GUAPO HACKER

jueves, 28 de junio de 2012

RENDIMIENTO NETO


(1) El beneficio derivado de la venta de material de oficina afecto a la actividad económica realizada por Mario no se integra en el rendimiento neto de la actividad, sirio que se cuantifica según las reglas aplicables a las ganancias y pérdidas patrimoniales: Esta ganancia patrimonial se integra en la Renta del Ahorro, al tratarse de una transmisión de un elemento patrimonial, independiente del período de generación y tributando al tipo fijo del 18%. (2) Los profesionales pueden deducir como gasto, para calcular el rendimiento neto de actividades económicas, las cantidades pagadas a las mutualidades de previsión social que tengan por objeto la cobertura de contingencias atendidas por la Seguridad Social con un límite de 4.500 euros. (3) Las provisiones deducibles se excluyen en el cálculo del rendimiento neto previo, aplicando posteriormente un porcentaje del 5% sobre dicho rendimiento en concepto de provisiones deducibles y gastos de difícil justificación. Estimación indirecta, régimen de carácter subsidiario en el cual la Administración, para determinar el rendimiento obtenido por contribuyentes que hayan renunciado al régimen de estimación objetiva, debe tener en cuenta preferentemente los signos, índices, módulos o coeficientes establecidos en dicho régimen. Euros Valor de transmisión 901,52 Valor de adquisición 300,51 Ganancia patrimonial 601,01

No hay comentarios:

Publicar un comentario