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miércoles, 27 de junio de 2012

APORTACIONES DE SOCIOS PARA COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS


Concepto Elementos patrimoniales entregados por los socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales, en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas. Es decir, siempre que no constituyan contraprestación por la entrega de bienes o la prestación de servicios realizados por la empresa, ni tengan la naturaleza de pasivo. En particular, incluye las cantidades entregadas por los socios o propietarios para compensación de pérdidas. Registro contable Estas aportaciones de los socios o propietarios se contabilizan en la cuenta 118. Su movimiento contable es el siguiente: - Por la aportación de los socios: - Por la compensación de las pérdidas: Normativa fiscal La LIS establece que se valorarán por su valor de mercado los elementos patrimoniales aportados a entidades. DGT V1027/06 de 1 junio 2006. La entidad transmitente integrará en su base imponible la diferencia entre el valor normal de mercado de los elementos transmitidos y su valor contable. La integración en la base imponible de dichas rentas se efectuará en el período impositivo en que se realicen las aportaciones.


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