BIENVENIDOS AL BLOG DEL GUAPO HACKER

jueves, 21 de junio de 2012

ENVASES Y EMBALAJES A DEVOLVER POR CLIENTES

 

 Registro contable 

Los envases y embalajes cargados en factura a los clientes susceptibles de devolución se contabilizan en la cuenta 437, Envases y embalajes a devolver por clientes. Cuenta.437 RD 1514/2007 de 16 noviembre 2007. Devengo Artículo.75.1.1 Ley 37/1992 de 28 diciembre 1992 En el caso de ventas de mercaderías con envases o embalajes susceptibles de devolución el impuesto se devenga, de acuerdo con la regla general, cuando los bienes se ponen a disposición del adquirente. Base imponible La base imponible del IVA estará constituida por el importe total de la contraprestación de la operación, incluido el importe de los envases y embalajes, incluso los susceptibles de devolución, cargado a los destinatarios de la operación, cualquiera que sea el concepto por el que dicho importe se perciba. Cuando los envases o embalajes sean objeto de devolución debe modificarse la base imponible en el importe correspondiente. Ejemplo La sociedad XX vende mercaderías por importe de 60.101,21 euros. Los envases que contienen las mercaderías son susceptibles de reutilización y el valor de los mismos, incluido en el precio de venta de las mercaderías, asciende a 6.010,12 euros. XX recibe de su cliente envases por importe de 4.207,08 euros y el resto se los queda éste para su uso. Solución 

Los asientos a efectuar son: 

— Por la venta de las mercaderías: (1) Por el precio de venta de las mercaderías neto de los envases. 

— Por la devolución de los envases: 

— Por la adquisición de los envases que el cliente se reserva para su uso: 

No hay comentarios:

Publicar un comentario