("EL MASTER DEL GUAPO HACKER") BLOG PROPIEDAD DE XAVIER VALDERAS. Son mis particulares anotaciones sobre estudios de MBA (Master in Business Administration , o sea “Maestría en Administración de Negocios”). Aquí puedes encontrar de casi todo lo referente a los masters, querido visitante internauta, pero recuerda siempre que el mejor MBA y la más importante es “La Escuela de Negocios de la Vida”, la cual no te cobra ni matricula y es lógicamente en la que más aprenderás. Saludos y sed bienvenidos
miércoles, 20 de junio de 2012
LAS NORMAS NIC Y NIIF
En este tema hemos analizado que los estados financieros que realizan las entidades difieren entre unos y otros países. Estas diferencias obedecen a una amplia variedad de circunstancias sociales, económicas y legales, así como porque en los diferentes países se tienen en mente las necesidades de los distintos usuarios de los estados financieros, al establecer la normativa contable nacional. Ante esta situación la Comisión Europea acordó la adopción de un marco contable común en los mercados de capitales europeos basado en la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), recientemente denominadas IFRS o su traducción al español Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Las Normas Internacionales de Contabilidad se componen de un Marco Conceptual que establece los principios y reglas esenciales y de un conjunto de normas individuales (IAS) e interpretaciones de dichas normas (SICs). Pero, con fecha 19 de julio de 2002, aprobó el Reglamento 1606/2002, el cual dispone que, por lo que respecta a los ejercicios financieros iniciados a partir del 1 de enero de 2005 o después de esa fecha, las empresas con cotización oficial que se rijan por la legislación de un Estado miembro deberán, si se cumplen determinadas condiciones, elaborar sus cuentas consolidadas con arreglo a las Normas Internacionales de Contabilidad definidas en el artículo 2 del citado Reglamento. Rgto. 1606/2002 de 19 julio 2002. En septiembre de 2003 la Comisión de las Comunidades Europeas aprobó el Reglamento 1725/2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento anteriormente citado. La Comisión, una vez examinado el dictamen del Grupo de Expertos Técnicos (TEG) del Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG), ha modificado el citado Reglamento a fin de incluir todas las normas presentadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), así como todas las interpretaciones presentadas por el Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF) y adoptadas íntegramente en la Comunidad a 15 de octubre de 2008, salvedad hecha de la NIC 39 (relativa al reconocimiento y la valoración de instrumentos financieros), de la que se han omitido pequeñas partes. Las distintas normas internacionales se han adoptado a través de una serie de Reglamentos de modificación. Este procedimiento genera inseguridad jurídica y dificulta la correcta aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad en la Comunidad. Al objeto de simplificar la normativa comunitaria en materia de normas contables, resulta conveniente, por razones de claridad y transparencia, recoger en un único texto las normas actualmente integradas en el Reglamento (CE) n.º 1725/2003 y sus actos de modificación. Por esta razón se ha aprobado el Reglamento (CE) n.º 1126/2008 de la Comisión. Rgto. 1126/2008 de 3 noviembre 2008. Y gran parte de dicho reglamento se encuentra desarrollado en este tema de NIC y NIIF.
—Libro Diario.
— Libro de Inventarios y Cuentas anuales.
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